¿Qué plazos tengo para reclamar? Si usted desea interponer una denuncia, dispone de un plazo de seis meses para reclamar desde el día del accidente. Para acudir a nuestros tribunales por la vía civil dispone de un año. Debe recordar también que debe informar a su compañía aseguradora del siniestro en un plazo de siete días.
- Cuando se habla de días de baja impeditiva o días de baja no impeditiva, ¿Cual es la diferencia?
En caso de accidente de tráfico suele ser frecuente que se produzcan lesiones que originen una situación de baja. Dicha baja, a efectos de indemnización, se distingue entre si es impeditiva, es decir que durante esos días la persona ha estado incapacitada para su actividad habitual, o bien no impeditiva, es decir que esa persona no está incapacitada para su actividad habitual pero no está totalmente sanada. Ambos supuestos se indemnizan con una cuantía fija establecida por ley.
- ¿Qué es el Consorcio de Compensación de seguros?
Es una entidad pública empresarial dependiente del Ministerio de Economía y Hacienda. Al servicio del sector asegurador entre otras funciones complementa las coberturas en casos extraordinarios (catástrofes naturales y actos de grave incidencia social como el terrorismo), también funciona como un Fondo de garantía cuando se dan determinadas circunstancias como falta de seguro , insolvencia del asegurador etc.
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